¿Qué pasa si un trabajador abandona el puesto sin preaviso?
Actualizado: 8 oct
¿Su trabajador dejó el puesto sin avisar? Esto es lo que dice la ley.
En Costa Rica, el Código de Trabajo regula una figura que muchas veces se malinterpreta: el abandono de trabajo. Ocurre cuando un colaborador deja de presentarse a su puesto sin justificar la ausencia ni entregar una renuncia formal con el debido preaviso.
El abandono no se presume: se documenta.
No existe el abandono de trabajo automático
La ley no reconoce como abandono cualquier ausencia. Para que se configure, deben pasar al menos dos días consecutivos sin que el trabajador se presente ni justifique su ausencia. Aun así, no basta con asumirlo: debe documentarse.
Hace falta un proceso disciplinario adecuado
El empleador debe iniciar un proceso para comunicarse con el trabajador, ya sea por escrito, por llamada o por correo. También es recomendable dejar constancia de la falta, incluso si se considera que el vínculo terminó.
Por eso, el patrono debe dejar constancia clara de los intentos por ubicar al trabajador (por escrito, por llamada o mediante testigos) y conservar evidencia de que no justificó su ausencia. Si omite este proceso, una eventual terminación puede quedar en duda y exponerlo a una demanda.
¿Puede el empleador cobrar el preaviso?
Sí, pero solo si puede demostrar que el trabajador efectivamente abandonó su puesto y no comunicó ninguna causa válida. Es decir, se puede aplicar el cobro del preaviso no dado, siempre que se demuestre con pruebas claras.
¿Y si el trabajador regresa días después?
La reincorporación no borra el hecho. El patrono puede seguir con el proceso disciplinario, o incluso dar por terminado el contrato si ya existen causales claras.
Mi criterio final
Frente a un abandono de trabajo, actuar con base legal es fundamental. Actuar por impulso o sin pruebas puede exponer al patrono a un juicio laboral.
¿Le pasó algo así en su empresa? Escríbame por WhatsApp al +506 8711-3339. Puedo ayudarle a documentarlo correctamente y a actuar conforme a derecho.
Este artículo es informativo y no sustituye una consulta legal. Cada caso tiene detalles propios que conviene revisar con un profesional.




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